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	<title>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos &#187; Sistema penitenciario</title>
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	<description>Sitio web de CADHAC A.C.</description>
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		<title>Menores severamente golpeados en el Tutelar</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 03:34:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Abuso de autoridad]]></category>
		<category><![CDATA[Adolescentes]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Niñez]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema penitenciario]]></category>
		<category><![CDATA[Tortura]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="text-align: right;">02 de marzo de 2010 Comunicado número: 1003/03/BP</p>
<p style="text-align: center;">Menores severamente golpeados en el Tutelar</p>
<p style="text-align: left;">Esta organización ha recibido múltiples informes que indican que en la mañana del pasado sábado 27 de febrero de 2010, los jóvenes reclusos del Centro de Atención Integral a Menores y Adolescentes fueron severamente golpeados y vejados. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: right;">02 de marzo de 2010 Comunicado número: 1003/03/BP</p>
<p style="text-align: center;">Menores severamente golpeados en el Tutelar</p>
<p style="text-align: left;">Esta organización ha recibido múltiples informes que indican que en la mañana del pasado sábado 27 de febrero de 2010, los jóvenes reclusos del Centro de Atención Integral a Menores y Adolescentes fueron severamente golpeados y vejados. La información recibida indica que dichos abusos fueron cometidos por elementos de cuerpos de seguridad ajenos a dicho Centro, ante la cómplice pasividad de los funcionarios del mismo. Se ha informado que el día de ayer los jóvenes fueron nuevamente golpeados, esta vez por los propios funcionarios del Centro. No es la primera vez que esta organización recibe información sobre los constantes abusos que sufren los adolescentes privados de su libertad en la entidad.<br />
Los informes recibidos indican que los adolescentes fueron golpeados, esposados, tableados, vejados y atacados con perros y cuando pidieron explicaciones sobre lo sucedido fueron amenazados con inventarles faltas a la disciplina interior o delitos. La conducta desplegada por las autoridades, tanto por las que golpearon a los internos, como por las que pasivamente permitieron estos abusos, resulta violatoria de los derechos humanos a la integridad personal, incluida la prohibición de la tortura, a la seguridad jurídica y a la honra y dignidad.<br />
Esta organización condena enérgicamente los abusos cometidos en contra de los adolescentes y demanda que las autoridades:<br />
1. Brinden inmediatamente atención médica y psicológica a todos los jóvenes privados de su libertad y documenten los abusos cometidos a través de la aplicación del Protocolo de Estambul o Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.<br />
2. Inicien de inmediato una investigación pronta e imparcial que lleve a los responsables de los abusos ante la justicia para que sean sancionados conforme a derecho.<br />
El sistema de justicia para adolescentes en conflicto con la ley está pensado para dar seguridad a la comunidad a la vez de brindar a los jóvenes medios adecuados para su protección y desarrollo durante el cumplimento de su sanción, es inaceptable que las autoridades encargadas de administrar tal sistema violen los derechos de los jóvenes y les envíen el mensaje de que en Nuevo León la violación a la ley y la impunidad son la norma.<br />
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., es una organización no gubernamental, apartidista y sin fines de lucro, que desde su fundación en 1993 se dedica a la promoción y defensa integral de los derechos humanos.</p>
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		<title>Injusticia de la prisión preventiva: aplica a ciudadanos, pero no a autoridades</title>
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		<pubDate>Thu, 07 Jan 2010 20:28:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicado]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho a manifestarse]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema penitenciario]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>07 de enero de 2010</p>
<p>Comunicado número: 1001/01/BP</p>
<p> </p>
<p>Injusticia de la prisión preventiva: aplica a ciudadanos, pero no a autoridades</p>
<p> </p>
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., manifiesta su indignación por la desigualdad legal que impera en el Estado de Nuevo León en cuyas leyes los abusos de la autoridad no son considerados delito grave, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>07 de enero de 2010</p>
<p>Comunicado número: 1001/01/BP</p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Injusticia de la prisión preventiva: aplica a ciudadanos, pero no a autoridades</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., manifiesta su indignación por la desigualdad legal que impera en el Estado de Nuevo León en cuyas leyes los abusos de la autoridad no son considerados delito grave, pero la resistencia de los particulares sí.</p>
<p>Los hechos de violencia en la Colonia Los Altos tuvieron como consecuencia la privación de la libertad tanto de policías municipales como de ciudadanos. Sin embargo, los policías podrán seguir el juicio en libertad mientras que los ciudadanos tendrán que hacerlo encarcelados, debido a que el artículo 16 BIS del Código Penal para el Estado de Nuevo León establece que el delito de <em>Resistencia de particulares </em>es grave, pero el delito de <em>abuso de autoridad</em> no lo es, y toda persona acusada de un delito grave es sometida a prisión preventiva.</p>
<p>Esta organización ha sostenido que el sistema de remisión automática a prisión preventiva por estar acusado de un delito considerado grave en la ley es incorrecto y poco eficaz, porque impide que los jueces valoren en cada caso si la situación de los inculpados es tal que sería un riesgo dejar que enfrentaran su proceso penal en libertad. Este sistema lleva a abusos e injusticias, como la manifestada en este caso en el que personas procesadas por los mismos hechos reciben tratos sumamente desiguales.</p>
<p>Exhortamos a nuestros legisladores a ajustar el sistema de prisión preventiva a los estándares internacionales en materia de derechos humanos, de tal forma que ésta se aplique sólo en casos excepcionales cuando se ha demostrado al juez de la causa que de la libertad provisional del acusado se seguirían graves perjuicios a la sociedad.</p>
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., es una organización no gubernamental, apartidista y sin fines de lucro, que desde su fundación en 1993 se dedica a la promoción y defensa integral de los derechos humanos.</p>
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		<title>Sistema penitenciario</title>
		<link>http://www.cadhac.org/derechos_humanos/76/</link>
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		<pubDate>Mon, 23 Feb 2009 15:58:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicado]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Legalidad]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema penitenciario]]></category>

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		<description><![CDATA[<p align="right">Boletín No. 0209/009 BP</p>
<p align="right">23 de febrero de 2009</p>
<p align="right">
<p align="center">Sistema penitenciario</p>
<p> </p>
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, AC (CADHAC), organización no gubernamental y sin fines de lucro que desde 1993 se dedica a la defensa integral de los derechos humanos en el Estado de Nuevo León, reitera su  profunda preocupación con relación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="right">Boletín No. 0209/009 BP</p>
<p align="right">23 de febrero de 2009</p>
<p align="right">
<p align="center"><strong>Sistema penitenciario</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, AC (CADHAC), organización no gubernamental y sin fines de lucro que desde 1993 se dedica a la defensa integral de los derechos humanos en el Estado de Nuevo León, reitera su  profunda preocupación con relación a la deplorable situación que cotidianamente viven las personas privadas de libertad, en los ahora denominados <em>centros estatales de reinserción social</em>.</p>
<p>El descenso en la calificación de Nuevo León en la evaluación realizada por el Ombudsman nacional respecto de las condiciones imperantes en los centros de reclusión del país, confirma el retroceso en la calidad de vida de los internos y constituye una alerta urgente para gobierno y ciudadanía, que debe incrementar la observancia y exigencia de rendición de cuentas a los responsables, por ser el sistema penitenciario un punto toral en el tema que constituye la más importante preocupación en el país: la seguridad pública.</p>
<p>No es necesario realizar un minucioso análisis para identificar las causas que dan lugar a la sobrepoblación en el penal Topo Chico y a las demás condiciones negativas que persisten en todas las penitenciarias del Estado: tortura y tratos crueles e inhumanos de parte de los servidores públicos a los internos, corrupción, introducción y consumo de drogas, pleitos entre los reclusos, carencia de oportunidades de trabajo y de suficientes y eficientes servicios psicológicos, de salud, educación y deportes, entre otros.</p>
<p>La realidad y la información proporcionada por los propios internos y ex internos denotan claramente que la falta de voluntad política y de aplicación de las autoridades en el desempeño de sus responsabilidades ha dado espacio para la corrupción, la ineficiencia, todo tipo de abusos e, incluso, la comisión de delitos al interior de los penales, por lo que la estructura penitenciaria debe ser barrida de arriba a abajo y alcanzar un aceptable grado de eficacia antes de pensar en abrir un nuevo centro de reclusión, pues si no hay resultados satisfactorios con tres, mucho menos con cuatro.</p>
<p>No basta con destinar dinero del erario, se requieren programas completos, basados en el respeto de los derechos humanos y las normas internacionalmente aceptadas en el tema y, sobre todo, servidores públicos honestos, capaces, eficientes y transparentes.</p>
<p>También es necesario evitar la sobrepoblación en el centro de reclusión preventiva Topo Chico y para ello se requiere dejar de seguir abusando de la prisión preventiva y optimizar el sistema de procuración y administración de justicia, privilegiando el uso de las salidas alternas al proceso. Mientras se siga incrementando injustificadamente el catálogo de delitos graves, se acrecentará el número de personas privadas de libertad durante todo el tiempo que duren sus procesos y, por lo tanto, la necesidad de más espacio carcelario y más recursos humanos, materiales y financieros, convirtiéndose en un problema sin fin.</p>
<p>Hacemos un respetuoso llamado a las autoridades para que incorporen el tema penitenciario como una prioridad en la agenda de gobierno, implementando una política pública integral, que erradique lo más pronto posible las malas prácticas hasta ahora presentes, provea a los internos de los elementos necesarios para que alcancen una verdadera reinserción social y evite el abuso de la prisión preventiva.</p>
<p>También exhortamos a los legisladores para que tomen en consideración que en una sociedad democrática el <em>principio de presunción de inocencia</em> debe ser respetado, por lo que al crear nuevas normas penales deben apelar a la privación de la libertad como última medida, aplicable solamente en casos extremos y no como panacea ante cualquier nuevo problema.</p>
<p align="center">
<p align="center">
<p align="center"><strong>CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS, A. C.</strong></p>
<p align="center">
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		<title>Ante el presunto “suicidio” de dos internos en el CERESO Apodaca</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Jan 2009 16:28:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicado]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho a manifestarse]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema penitenciario]]></category>

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		<description><![CDATA[<p align="right">Boletín No. 0109/03 BP</p>
<p align="right">
<p align="center">Ante el presunto “suicidio” de dos internos en el CERESO Apodaca</p>
<p align="center"> </p>
<p align="center">
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), lamenta profundamente el deceso de dos internos recientemente trasladados al Centro de Readaptación Social Nuevo León, acontecido en las primeras horas del día de hoy en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="right">Boletín No. 0109/03 BP</p>
<p align="right">
<p align="center"><strong>Ante el presunto “suicidio” de dos internos en el CERESO Apodaca</strong></p>
<p align="center"><strong> </strong></p>
<p align="center">
<p>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), lamenta profundamente el deceso de dos internos recientemente trasladados al Centro de Readaptación Social Nuevo León, acontecido en las primeras horas del día de hoy en condiciones ambiguas.</p>
<p>Exigimos al Ministerio Público realizar una investigación imparcial, profesional y completa sobre los hechos que dieron lugar al fallecimiento de los hermanos Tomás y Efraín López De la Cruz, para que se establezca con apego a la realidad si su deceso deriva de un homicidio o de un suicidio y, de esa manera, la procuración de justicia contribuya a inhibir la impunidad y no a acrecentarla.</p>
<p>El trabajo desarrollado por Cadhac en el ámbito penitenciario durante los últimos trece años nos ha permitido observar que en los CERESOS o Penales, particularmente el conocido como <em>Cereso Apodaca</em>, se realiza la práctica de dar <em>la bienvenida</em> a los reclusos de nuevo ingreso, consistente en, al menos, una salvaje golpiza, por lo que puede suponerse que <em>se les pasó la mano</em> y si además llegaron con una <em>recomendación</em>, eso fortalece la hipótesis de una agresión.</p>
<p>Además, es remota la posibilidad de que dos personas recién trasladadas a un lugar donde se ejerce vigilancia continua, incluso por medios electrónicos,  se suiciden el mismo día y al mismo tiempo.</p>
<p>Recordemos que es responsabilidad directa de las autoridades penitenciarias garantizar la integridad física y psicológica de los internos<a href="#_ftn1">[1]</a>, por lo que corresponde al Ejecutivo Estatal la responsabilidad del deceso de los mencionados hermanos López De La Cruz.</p>
<p>Asimismo, esta infortunada situación evidencia una vez más que la calidad de vida de las personas privadas de su libertad e internas en los Centros de  Readaptación Social ha sufrido un detrimento considerable, sólo atribuible a la autoridad gubernamental, por ser las penitenciarías un espacio exclusivo de ésta, en donde no hay participación de la ciudadanía y solamente colaboran o realizan alguna actividad quienes cuentan con autorización expresa para ello por parte de aquélla.</p>
<p align="center"><strong>Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C.</strong></p>
<p align="center"><em>13 de enero de 2009</em></p>
<hr size="1" /><a href="#_ftnref1">[1]</a>Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública:</p>
<p>-        artículo 31, fracción V: corresponde al Comisario General de de la Agencia de Administración Penitenciaria la atribución de <em>dirigir y supervisar que la <strong>operación</strong></em><em> y la administración de los establecimientos del sistema penitenciario se lleven a cabo de conformidad con la normatividad aplicable.. .  .</em> (Entre las que se encuentra la relativa al <strong><em>respeto de  las garantías individuales de los internos</em></strong>)</p>
<p>-        artículo 32, fracción V: corresponde al Comisario de Apoyo a la Operación Penitenciaria la atribución de <em>supervisar en coordinación con los Alcaides la ejecución de políticas, normas, manuales, procedimientos y control interno a fin de evitar fenómenos de omisión, corrupción y<strong> violación de derechos humanos </strong></em><em>por parte de servidores públicos del Sistema Penitenciario;</em><strong> </strong></p>
<p>-        artículo 32, fracción VII: apoyar a los titulares de los centros penitenciarios en la supervisión y evaluación de políticas, normas, programas y acciones que <em>garanticen</em> la correcta ejecución de la sentencia y <strong><em>el respeto</em></strong><em> <strong>a los derechos humanos</strong></em><em> en las instituciones del Sistema Penitenciario</em>;<strong> </strong></p>
<p>-        artículo 34, fracción X: corresponde a los Alcaides de los Centros de Reinserción Social y del Centro Preventivo de Reinserción Social la atribución de <em>operar las políticas, normas, programas, acciones y régimen que garantice la correcta ejecución de la sentencia y <strong>el respeto a los derechos humanos</strong></em><em> en el centro a su cargo;</em><strong></strong></p>
<p>Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas: <em>Toda persona privada de libertad que esté sujeta a la jurisdicción de cualquiera de los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos será tratada humanamente, con irrestricto respeto a su dignidad inherente, a sus derechos y garantías fundamentales y con estricto apego a los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.</em></p>
<p><em>En particular y tomando en cuenta la posición especial de <strong>garante</strong></em><em> <strong>de los Estados frente a las personas privadas de</strong></em><em> <strong>libertad, se les respetará su vida e integridad personal</strong></em><em>, y se asegurarán condiciones mínimas que sean compatibles con su dignidad. </em></p>
<p><em>Se les protegerá contra todo tipo de <strong>amenazas</strong></em><em> y <strong>actos de tortura</strong></em><em>, <strong>ejecución</strong></em><em>, desaparición forzada, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. . . </em>(Principio I, Trato humano)</p>
]]></content:encoded>
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